Proyecto de Ley de eutanasia
-Intervención en sesión de sala de la Cámara de Diputados, el día Jueves 17 de diciembre de 2020.
El proyecto de ley de eutanasia ha suscitado grandes controversias tanto a nivel ético como constitucional. Quienes promueven esta iniciativa, esgrimen los argumentos de una supuesta muerte digna y una concepción – errada a mi parecer – de libertad absoluta, que permitiría al sujeto no sólo disponer él mismo de su vida, sino que exigirle a un profesional médico la administración sustancias que le den muerte. El título del proyecto habla de “muerte digna y cuidados paliativos”, pero analizando sus implicancias, pareciera que poco y nada tiene que ver con una muerte digna, sino que por el contrario, se trata de un proyecto que atenta abiertamente contra el derecho a la vida y la dignidad de la persona.
El proyecto consagra la asistencia médica para morir como un derecho de quienes sufren una enfermedad terminal, lo que conlleva una prestación correlativa que corresponde al Estado asegurar. Esto es, a todas luces, una injusticia manifiesta y una inconstitucionalidad, porque se desconoce el deber que la Constitución impone al Estado y a todas las personas de no sólo abstenerse de realizar acciones que den muerte a otro, sino que también de promover el ejercicio de este derecho en las condiciones que permitan a cada persona su mayor realización posible.
Con todo, hay que ir más allá, a la premisa esencial de éste proyecto: ¿Será, la eutanasia una muerte digna? Se ha creado la imagen de que, de no aprobarse el proyecto, se obligará a los pacientes a vivir sujetos a tratamientos dolorosos, que prolonguen indefinidamente su vida en pésimas condiciones, planteándose la eutanasia como la única alternativa para asegurar la muerte digna. Sobre esto, cabe precisar que no hay nada que se aleje más de una muerte digna que abandonar todo esfuerzo de dar un tratamiento adecuado, desconociendo que la verdadera labor del médico es darle al paciente todos los medios que alivien su sufrimiento lo más posible, para que pueda llevar su enfermedad y vivir los momentos finales de su vida en las mejores condiciones. En esta línea se destaca la iniciativa que promueve los cuidados paliativos no oncológicos, que viene a ser una respuesta adecuada ante una enfermedad terminal, procurando darle al paciente un tratamiento que permita hacer llevadero el dolor y tener una muerte verdaderamente digna.
Por otro lado, y que sirva para terminar con el mito, cabe aclarar que la legislación actual resguarda la libertad de los pacientes para elegir si se someten o no a un tratamiento, descartando lo que se conoce como “ensañamiento terapéutico”. De esta forma, el negarse a recibir un determinado tratamiento que prolongue artificialmente la vida es un derecho explícitamente reconocido por la ley.
Ante todo esto, se abren dos caminos: la salida corta o sencilla, que consiste en abandonar todo empeño y derechamente quitar la vida a una persona para evitar el sufrimiento; o bien, invertir esfuerzos, brindando las atenciones necesarias y cuidando que el proceso de muerte sea lo más natural y menos doloroso posible.
La vida no es un juego. No hay cabida para una salida fácil. Por el contrario, si de verdad se pretende garantizar los derechos de los pacientes, sobre todo en lo relativo a su integridad y dignidad en los momentos de mayor sufrimiento, es necesario un tratamiento integral, que contemple cuidados paliativos adecuados y un acompañamiento tanto para el paciente como para su familia.